Cambios en el Sistema de Riesgos del Trabajo
CONSULTARMediante el Decreto N° 54/2017 el Poder Ejecutivo busca aminorar los efectos de la creciente litigiosidad del sistema basadas en la disconformidad en la determinación y el pago de las discapacidades.
Además, brindar mayor solvencia a las empresas empleadoras, por decrecimiento en las alícuotas que deben abonar mensualmente, y a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) porque disminuirían las reservas que deben realizar ante una demanda.
Datos

340.000 juicios en trámite (aproximadamente).
4.500 millones de dólares en pasivos contingentes.
La Ley N° 24.557 entró en vigor en julio de 1996.
Hubo litigiosidad creciente contra las empresas empleadoras. Con la reforma legal del año 2012 se mitigó.
La litigiosidad se trasladó hacia las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.). En el año 2012 hubo 64.093 demandas, llegando a 127.503 en el 2016.
Los trabajadores asegurados son alrededor de 9.800.000.
Los principales cambios
El plazo máximo fijado para que entre en vigor el Decreto es el 01/03/2017.
Previo al juicio, obligatoriamente todos los casos serán analizados por una comisión médica jurisdiccional. El trabajador presentará el caso junto a un abogado patrociante.
Las comisiones (actualmente son 35 más una central) agotarán la instancia administrativa.
Los peritos que intervengan deberán integrar el cuerpo médico forense y sus honorarios serán en función de sus tareas y no de las indemnizaciones para las incapacidades que analicen.
Se aplicará el baremo vigente para establecer las incapacidades.
La comisión central podrá recibir pedidos de revisión de casos.
El trámite será gratuito para el trabajador y si la comisión no se expide en 60 días hábiles, el trabajador podrá ir a juicio.
Se mejoran prestaciones en un 45 % aproximadamente las prestaciones en dinero que cobran quienes sufren alguna incapacidad por un accidente o enfermedad laboral.
